Revisar las políticas públicas para lograr la conservación de biodiversidad
Conrado Márquez Rosano, Georgina Alethia Sánchez Reyes, Brígido Vásquez Maldonado y María del Carmen Legorreta Díaz
En el 2010 se crearon en México las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA), como una vía para conservar, mediante su aprovechamiento económico, la flora y la fauna que aparecen en la lista de especies silvestres con alguna categoría de riesgo referidas en la NOM-059-SEMARNAT-2010.
A cerca de 15 años de su creación, paradójicamente en las regiones con mayor biodiversidad (sur y sureste del país) son pocas las UMA registradas. Es en el norte del país donde hay más, las cuales en su mayoría están orientadas a la cacería cinegética en grandes propiedades privadas y algunos ejidos.
De acuerdo con documentos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (2000) se tiene el propósito de que las UMA promuevan esquemas alternativos de producción o aprovechamiento compatibles con el cuidado del ambiente mediante el uso racional, ordenado y planificado de los recursos naturales.
Los propietarios de las UMA tienen derecho al aprovechamiento sustentable de las especies que se encuentran en sus predios (Artículo 18 de la Ley General de Vida Silvestre) y el Estado les cede la propiedad de la vida silvestre, pero regulando su aprovechamiento (Artículo 27 constitucional).
Para su registro se necesitan diversos documentos (acreditación de la personalidad del solicitante, derechos de propiedad ya sea privada o social), el plan de manejo de la especie de interés y el acompañamiento de un técnico en la materia.
La problemática de imponer un marco normativo
Las políticas públicas y los marcos normativos en el sector ambiental están diseñados para una realidad completamente ajena a la vida rural del sur y el centro del país. En efecto, consideran viable y válido solo a quien cumple con los requisitos establecidos en dicho marco regulatorio, sin notar el aporte real a la conservación de la biodiversidad y la economía local.
El 51.4 por ciento de la superficie mexicana se encuentra bajo un esquema de propiedad social (ejidos y comunidades) que resguarda 55 por ciento de la superficie de vegetación natural y 60 por ciento de la de bosques y selvas (39.6 millones de hectáreas), como lo refieren Lucía Madrid, junto con otros autores, en el estudio sobre La propiedad social forestal en México (2009).
Por otra parte, el estudio sobre el Patrimonio biocultural de Eckart Boege, (2008), destaca que en las regiones indígenas de México hay una superficie de alrededor de 16.5 millones de hectáreas, de los que el 41 por ciento son bosques y selvas. Y de acuerdo con el manejo basado en la colectividad, contribuyen al mantenimiento de la biodiversidad pero que, por las normativas de aprovechamiento de la vida silvestre y su contexto social, las diferentes agencias y niveles de gobierno suelen estar excluidas.
Por ello, cabe preguntarnos: ¿por qué en las zonas con una alta biodiversidad, cultura y pobreza, como el sur del país, el éxito no ha sido el mismo que en el norte?
Para el año 2013, había en los estados del norte más Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA) extensivas registradas, mientras que en el centro y el sureste del país existen pocas y la mayoría son intensivas, muchas han dejado de funcionar y otras no han podido consolidarse. Algunas UMA han sido exitosas económicamente pero no cumplen con el rigor científico ni han logrado un manejo sustentable.
¿La política pública de las UMA, el marco normativo y los procedimientos que las regulan son adecuados?, ¿Realmente el objetivo es la conservación de la biodiversidad? O se trata de imponer el cumplimiento de las reglas y requisitos para hacer uso de los recursos naturales en el marco de los estatutos impuestos por el gobierno, sin valorar la factibilidad de su aplicación en los diferentes contextos socioambientales.
Dichas preguntas tienen pertinencia cuando constatamos que las prácticas de manejo de la palma cola de pescado (Chamaedorea ernesti-augusti) realizadas en los últimos años por campesinos indígenas tzeltales de ejidos de Ocosingo, Chiapas, contribuyen al incremento de las poblaciones de esta especie y es una fuente importante de ingresos para sus familias. Sin embargo, a los grupos de palmeros no les ha sido factible –por diversas limitantes socieconómicas– ajustarse a las regulaciones que implica la constitución de una UMA, aunado al excesivo burocratismo que prevalece en el sector ambiental.
Lo que redunda en el pago de un precio menor por el follaje de esta palma con los intermediarios que la compran en la región.
Por lo que consideramos necesario revisar las políticas públicas direccionadas a la conservación de la biodiversidad, asumiendo la heterogeneidad de cada espacio social, respetando los derechos de los pueblos indígenas y campesinos, flexibilizar los procedimientos para el registro de las UMA y reducir el centralismo en los marcos normativos.
Conrado Márquez Rosano
Universidad Autónoma Chapingo
Georgina Alethia Sánchez Reyes
Investigadores por México, CONAHCYT
Brígido Vásquez Maldonado
Doctorante en ciencias en desarrollo rural regional de la Universidad Autónoma Chapingo
María del Carmen Legorreta Díaz
IIS-UNAM
Correos-e respectivos: [email protected], gesanchez_[email protected], kuatochis_[email protected] y [email protected]