Los obstáculos que enfrenta el manejo forestal
Oficina de Incidencia en Política Forestal
A pesar de que en México más de 7 millones de hectáreas se encuentran bajo aprovechamiento forestal comunitario, existen importantes obstáculos para que este modelo logre desarrollarse plenamente en el territorio nacional. Algunos de estos obstáculos se encuentran relacionados con la tramitología excesiva, misma que eleva los costos de participar en estas actividades.
Esta situación es particularmente perniciosa para aquellas comunidades que realizan actividades de aprovechamiento forestal al interior de áreas naturales protegidas (ANP). El manejo forestal comunitario, a diferencia de las plantaciones forestales comerciales o la explotación a escala industrial de ecosistemas forestales, es una actividad que, bien realizada, puede conducir a la efectiva conservación de los ecosistemas bajo aprovechamiento y la provisión de valiosos servicios ecosistémicos para la nación.
No obstante, por poner un ejemplo, los requisitos que establece el procedimiento de evaluación de impacto ambiental de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) son los mismos que aquellos solicitados para un aprovechamiento a gran escala, una explotación minera a cielo abierto o el establecimiento de un parque industrial. Ante esta norma, no hay diferencia alguna entre la labor sostenible que realizan las comunidades forestales frente a otros grandes proyectos de inversión.
Los trámites excesivos, desafortunadamente, suelen fomentar la ilegalidad en el aprovechamiento de recursos forestales, o bien, optar por el cambio de uso de suelo para instaurar otro tipo de actividades productivas como la agricultura o ganadería. Esto se debe a que los costos de cumplir con toda la tramitología son demasiado elevados y consumen una alta proporción de los ingresos provenientes del aprovechamiento. Ante esta situación se torna rentable dar salida a la producción por canales no legales.
Los predios forestales ubicados al interior de una ANP requieren de un documento técnico unificado (DTU), mismo que contempla la autorización de programa de manejo forestal y la manifestación de impacto ambiental requerida por la LGEEPA. Las restricciones, condicionamientos, tareas de protección y de mitigación de impactos ambientales, así como los múltiples reportes requeridos –cuya información presentada es prácticamente la misma– por un DTU provocan que los costos asciendan en un 150 por ciento con respecto a aquellas autorizaciones de programas de manejo forestal entregadas fuera de una ANP.
En caso de que la ANP en cuestión se encuentre cubierta por una norma oficial mexicana específica, se obliga a los permisionarios a cubrir los costos de programas específicos de protección de las especies e incluso la realización de tareas de reubicación y rescate, mismas que generan costos adicionales al monitoreo. A sabiendas que la protección de estas especies es deseable, pero que el empujar a las comunidades hacia la clandestinidad u obligarlas a tener ingresos decrecientes tampoco es deseable, ¿no convendría establecer nuevos esquemas de colaboración y apoyo entre la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y estos permisionarios?
Otro tema delicado son las labores de inspección que realiza la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa). Esta dependencia concentra sus labores de vigilancia sobre aquellos predios que cuentan con una autorización de programa de manejo forestal, pero no realiza labores de inspección y sanción sobre aquellos predios que se realizan explotación forestal al margen de la ley. Esta situación genera un poderoso desincentivo hacia la regularización en tanto que aumenta las probabilidades de recibir una sanción por parte de esta dependencia.
La regulación vigente obliga a los permisionarios a contratar un instrumento de garantía que respalde, en términos de costos, las actividades condicionadas y las medidas de mitigación. Esto requiere aproximarse a una institución financiera para obtener una fianza que cubra estos costos. Luego la Semarnat debe aprobar la evaluación de costos antes de proceder al registro de esta fianza. Todo esto se presenta antes del aprovechamiento (antes de que los ingresos provenientes de la venta de la madera fluyan hacia el permisionario).
Los prestadores de servicios financieros cobran comisiones por este servicio. ¿Es necesaria esta fianza en casos de aprovechamiento forestal sustentable (particularmente con permisionarios que cuentan con un historial de cumplimiento)? ¿Qué hay de una evaluación justa de los servicios ambientales que el permisionario provee a la nación?
La obtención de certificados de manejo forestal sustentable debería generar, ante las autoridades, exenciones en la realización de trámites, reduciendo significativamente los costos. Asimismo, para predios en situación de cumplimiento constante, se debería establecer la posibilidad de una renovación automática de los permisos. Otra forma de apoyar a los predios, desde el gobierno, puede ser la consolidación de mecanismos para abastecer la demanda de productos maderables por parte de dependencias de gobierno a partir de compras gubernamentales de la producción proveniente de comunidades forestales que realizan aprovechamiento sustentable.
Oficina de Incidencia en Política Forestal
(Incifor)-CCMSS