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Al Estado corresponde garantizar el derecho de los niños a un ambiente sano

Norma Elena Pérez Herrera

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha estimado que cerca del 23 por ciento de las muertes en todo el mundo se atribuyen a factores ambientales que pueden ser modificables o prevenibles; este porcentaje se eleva al 38 por ciento cuando se trata de niños menores de cinco años (OMS).

Ambiente es definido por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEGEEPA) como: “el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados”.

“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”, tal como se instituyó en el texto del Artículo 4 Constitucional en el año 1999 (gobierno de México).

Gozar de un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado para el desarrollo y bienestar es un derecho humano, y corresponde al Estado garantizar este derecho.

Las niñas, niños y adolescentes tienen derechos humanos previstos en tratados internacionales, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; entre ellos se encuentran: derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; derecho de prioridad; derecho a la identidad; derecho a vivir en familia; derecho a la igualdad sustantiva; derecho a no ser discriminado; derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal; derecho a la inclusión de niños, niñas y adolescentes con discapacidad; derecho a la educación; derecho al descanso y esparcimiento; derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura.

Pero además, derecho de asociación y reunión; derecho a la intimidad, derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información; derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso; derechos de los niños, niñas y adolescentes migrantes; derecho a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet; derecho a la protección de la salud y a la seguridad social; derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral (CNDH).

Un estudio publicado en 2010 concluyó que el gobierno mexicano no había tenido en cuenta de forma suficiente, la vulnerabilidad de los niños a los contaminantes ambientales, y si la legislación no se actualiza y aplica para proteger a los niños de la exposición a sustancias tóxicas presentes en el ambiente, lo cual es prevenible, los casos se podrían incrementar (Cifuentes y cols., 2010).

Por otro lado, Riojas y cols. (2014) realizaron un análisis de la situación de salud y ambiente de México y concluyeron que nuestro país necesita reformular el modelo de gobernanza sobre salud ambiental con un enfoque transectorial; también proponen la creación de un Programa Nacional de Salud Ambiental, actualización de diagnósticos, fortalecer la enseñanza e investigación y desarrollar un sistema de vigilancia en salud ambiental.

No podemos esperar encontrar una humanidad sana en un mundo que no lo esté. Y menos podemos esperar niños sanos en un ambiente contaminado. Los niños son vulnerables por su condición biológica y falta de percepción del peligro. Diversos estudios de investigación dan cuenta de las condiciones del ambiente en diversas partes del planeta, incluyendo el territorio mexicano, y de la relación entre las exposiciones ambientales y diversos efectos en la salud de niños.

Por lo que es importante realizar diagnósticos y proyectos de investigación locales que generen evidencia del estado de salud y ambiente y contribuyan a tener un panorama nacional y global de la salud ambiental infantil. Nuestro equipo de investigación en colaboración con otros grupos a nivel nacional ha generado evidencias del estado de salud ambiental de niños de comunidades de Yucatán.

En Tixméhuac, una comunidad maya marginada del sureste de Yucatán, encontramos riesgos para la salud de los niños. Y que la estatura baja, desnutrición, sibilancias y síntomas de asma en niños menores de cinco años fue mayor a lo esperado.

Los casos sospechosos de enfermedad transmitida por vectores estuvieron relacionados con la percepción de mala calidad de la vivienda; los casos sospechosos de parasitosis se asociaron con la percepción de la calidad del agua para beber; la historia de patología respiratoria, asociada con la percepción de la calidad del aire al interior de la vivienda.

En Ticul, una comunidad del sur del estado de Yucatán, la agricultura, la elaboración de artesanías y la manufactura artesanal de zapatos son las actividades económicas y productivas con tradición cultural en la comunidad.

Estas actividades conllevan el uso de productos que podrían contener sustancias tóxicas para el desarrollo y salud de los niños, como agroquímicos, pinturas, pegamentos y gasolina, entre otros. Existen casos en los que los talleres de producción están cerca o al interior de las viviendas, por lo que los niños están potencialmente expuestos a estas sustancias mientras duermen, comen y juegan.

No se percibe el peligro que este escenario representa para la salud infantil, y es por esto que los niños pueden participar en algunas etapas de la elaboración de artesanías y zapatos. Un estudio que realizamos evidenció que una muestra de niños de familia zapatera están expuestos a benceno, un carcinógeno, y esto representa un riesgo no aceptable.

Por otro lado, el uso de leña en la alfarería y para cocinar es práctica común y los niños están expuestos a compuestos aromáticos policíclicos. En el agua intradomiliciaria encontramos a los plaguicidas aldrín, heptacloro y β-HCH en concentraciones que representan un riesgo para la salud de adultos, pero principalmente de infantes.

Éste es un escenario complejo en el que los riesgos químicos y biológicos a los que se enfrentan los niños se dan en condiciones de falta de percepción de riesgo de la población, por lo que realizamos actividades de comunicación de riesgo a todos los niveles.

Concluimos que para que los niños estén sanos se requiere un ambiente sano, al cual tienen derecho. Se necesita tomar decisiones y desarrollar acciones concretas para prevenir, reducir y controlar las exposiciones de niñas y niños a la mezcla de agentes químicos, sobre todo donde ya existen las evidencias de esta situación y antes de que se presenten desenlaces irreversibles. ¿Qué estamos esperando?

Referencias:

Cifuentes E., Trasande L., Ramírez M., Landrigan P.J. (2010). A qualitative analysis of environmental policy and children’s health in Mexico. Environmental Health, 9:14. https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/20331868/
Gobierno de México. https://www.gob.mx/inafed/articulos/el-derecho-a-disfrutar-de-un-medio-ambiente-sano-se-relaciona-con-la-responsabilidad-de-proteger-nuestros-recursos-naturales
CNDH. https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/derechos-de-las-ninas-ninos-y-adolescentes
Prüss-Üstün A and Corvalán C. Preventing disease through healthy environments: Towards an estimate of the environmental burden of disease. WHO. 2006: Geneva, Switzerland. https://www.who.int/publications/i/item/9789241565196
Riojas H., Schilman A., López-Carrillo L., Frinkelman J. (2013). La salud ambiental en México: situación actual y perspectivas futuras. Salud Pública de México. 55:6 https://www.saludpublica.mx/index.php/spm/article/view/7310

Norma Elena Pérez Herrera
Profesora investigadora
Facultad de Medicina, Universidad Autónoma de Yucatán