Para resolver la cuestión agraria hay que refundar la propiedad social — ecologica
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Para resolver la cuestión agraria hay que refundar la propiedad social

Gabriela Torres-Mazuera, Tlacaelel Rivera-Núñez y Claudia Gómez Godoy

El componente ecológico de la cuestión agraria tiende a obviarse u olvidarse en los debates clásicos relativos a la propiedad de la tierra. La tierra no solo es recurso agro-productivo o bien patrimonial, como cotidianamente se enuncia en transacciones y litigios agrarios.

La tierra es, en realidad, un agregado de ecosistemas y formas de vida (un territorio o paisaje), que remiten a la diversidad de suelos, minerales, recursos hídricos, flora y fauna, sistemas productivos y culturas.

¿De qué manera toda esta complejidad ecológica y social se sintetiza en derechos de propiedad y modelos de gobernanza? Y, ¿qué principios justifican, hoy en día, el derecho a la propiedad sobre un pedazo de tierra?

Como académicos preocupados por la crisis ambiental del país y del planeta, consideramos que la forma en que se han abordado estas preguntas desde marcos legales y políticas públicas es insuficiente por su visión limitada de la cuestión agraria, y por el desgaste de dos principios que justificaron en México la dotación y restitución de ejidos y comunidades: la utilidad pública y la función social de la propiedad.

Si bien dichos principios compiten hoy con la propuesta liberal (seguridad jurídica) e individualista de la propiedad, ignoran los contextos del cambio climático y el cambio ambiental global que exigen la refundación de la propiedad agraria en México y el mundo.

Frente a mayores eventos climáticos extremos, la pérdida de la biodiversidad y la erosión de los recursos naturales, la preservación de ejidos y comunidades se torna un asunto crucial en la medida en que éstos fungen como red de seguridad, en términos de alimentación, vivienda y otros “servicios” ambientales para la población rural más marginada y vulnerable del país.

Más aun, la preservación de estas tierras bajo régimen comunal garantiza la conservación de bosques, selvas, manglares, suelos fértiles y cuerpos de agua fundamentales desde el enfoque de la captura de carbono y los reservorios genético-energéticos del país.*

Por ejemplo, este aspecto ha quedado demostrado en México a través de estudios que han revelado una relación directa entre privatización de la propiedad social o pública y la deforestación.

A pesar de su importancia ecosistémica y social, la mayoría de los ejidos y comunidades en el país enfrentan diversas problemáticas. A nuestro modo de ver, por su agravio, destacan tres: una débil gobernanza democrática, la desigualdad en el acceso y control de los bienes naturales asociados a los núcleos agrarios, así como la visión individualista y productivista que persiste como justificación de esta forma de tenencia.

Los datos son contundentes: para el 2021 la mitad del territorio nacional se encontraba bajo tenencia ejidal y comunal en manos de únicamente el 3 por ciento de la población nacional. Los ejidatarios o comuneros, únicos sujetos agrarios con derecho a la participación en la asamblea eran principalmente hombres (74.5 por ciento) y mayores de 65 años (de acuerdo al Registro Agrario Nacional, Indicadores Básicos, Sujetos Agrarios).

A esto se añade la fuerte desactualización de los padrones de ejidatarios o comuneros, lo que implica una baja participación en las asambleas generales de ejidatarios y comuneros y la dificultad de alcanzar el quorum legal requerido para la toma de decisiones colectivas que afectan la vida comunitaria. ¿Qué hacer frente a estos y otros retos de la gobernanza democrática de los núcleos agrarios?

En la Agenda Socioambiental 2024: diagnósticos y propuestas, proponemos ampliar el enfoque histórico de justicia social que ha justificado la propiedad ejidal y comunal, para incorporar consideraciones de justicia ambiental, climática, alimentaria, energética, de género e intergeneracional.

Consideramos que una política agraria con enfoque ecológico y realmente social debe contemplar los límites del crecimiento económico y los riesgos y efectos negativos de la mercantilización de los bienes comunes. Para ello es preciso definir no solo derechos sino también obligaciones y restricciones bajo principios de función socioecológica de la propiedad que garanticen la sostenibilidad para las futuras generaciones.

La nueva política agroambiental para el México del siglo XXI implica considerar mecanismos de redistribución, reconocimiento y participación que den cabida a todas aquellas personas y sujetos excluidos del reparto agrario –mujeres, jóvenes y pueblos con identidades étnicas subyugadas.

Nos referimos a construir mecanismos para la titularidad, representación y usufructo de las tierras por parte de las mujeres (más allá de cuotas impuestas de género). Igualmente vislumbramos programas de relevo generacional que faciliten sistemas de herencia de los derechos agrarios capaces de impulsar el arraigo a los territorios y el desarrollo de actividades agroecológicas, así como de nuevas economías entre las juventudes.

Lo anterior implica avanzar hacia nuevas formas de gobernanza que tengan como meta el desarrollo de esquemas productivos multifuncionales, así como modelos de vida rural con anclaje ecológico que cuestionen el desarrollismo modernista y “deteriorante”.

Sin más, invitamos a las y los lectores a revisar la Agenda y juzgar por cuenta propia: https://agendasocioambiental2024.mx.

* A este respecto véase el informe del IPPC sobre tierras y cambio climático (IPCC, 2020), así como el documento Land Governance for Climate Resilience (2023).

Gabriela Torres-Mazuera
Correo-e: [email protected]
Tlacaelel Rivera-Núñez
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Claudia Gómez Godoy
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